¿Qué es lo que caduca a los 4 años?
No soy asesor,..( bueno realmente no soy NADA) y por lo tanto, estaría bien tener algún compañer@ asesor fiscal entre nosotros. Mejor si fuera de hacienda
Entonces, según lo que leí y en teoría
inflaciones fiscales. Aunque aun así se tendría que acreditar la procedencia de la inversión...
Esto es muy extenso, ya que cuando se recurre o se abre un requerimiento ose investiga, se paran plazos
Se establece un plazo de 4 años para la prescripción de infracciones fiscales.
Son infracciones tributarias las acciones u omisiones con cualquier grado, que estén tipificadas y sancionadas
La infracción tributaria por dejar de ingresar la deuda tributaria que debiera resultar de una autoliquidación con recargos
Estos recargos por declaración fuera de tiempo, sin requerimiento son:
Si se realiza dentro de los tres, seis o 12 meses siguientes al término del plazo para la presentación e ingreso, el recargo será del cinco, 10 ó 15 %, respectivamente.
Para tiempo superior es del 20% de regargo
Luego esta el
delito fiscal contra Hacienda y se distingue según la cantidad. Se puede castigar con prisión entre 1 y 5 años de cárcel y con multas superiores a seis veces la cantidad que ha sido defraudada,
Estos delitos prescriben según las cantidades
Cuantías menores a los 4 años
Si se ha supuesto una defraudación de más de 120.000€ de cuota. La prescripción sería a los 5 años
Si la cuantía de la cuota defraudada exceda de 600.000€ o se haya cometido la defraudación en el seno de una organización o de un grupo criminal. La prescripción sería a los 10 años y no a los 5
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