Tutorial Declaración de la Renta Criptomonedas (España)

Crypto believer

Gigahash
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31 Ene 2018
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A raíz de un webinar que han dado esta tarde en Binance con Seico Asesores sobre la tributación de criptomonedas, he actualizado el Tutorial añadiendo la tributación de los pagos directos con criptomonedas. Y ya adelanto que, contrariamente a lo que pensábamos muchos, sí que hay que tributar también por ello parece ser...

De paso, he añadido también las consultas vinculantes más importantes que ha ido publicando Hacienda relacionadas con las criptos. Si alguien ve que falta alguna destacada, que me diga y la añado también.

Por lo demás, de lo que he podido escuchar, ha venido a ratificar todo lo expuesto en el Tutorial.
 

LSCVG2

Satoshi
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12 Jun 2020
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Hola, soy nuevo en el foro y en el mundo de criptomonedas. De momento haciendo algunas mini inversiones e intentando aprender algo.
Solo quería felicitarte por la información tan detallada y tan bien explicada.
¡Gracias por el trabajo y un saludo para todo el foro!
 

amby$

Gigahash
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En la casilla 1626 hay que indicar tipo “5”. Y en las casillas 1631 y siguientes todos los datos de las operaciones:​

6. ¿QUÉ PASA SI NO LO DECLARÉ EN DECLARACIONES ANTERIORES Y QUIERO REGULARIZARLO AHORA?

Por si alguien más se ha planteado declarar sus criptos en 2018 y os habéis estado volviendo locos como yo para encontrar las casillas 1626 y 1631, aquí están las soluciones:

1626 = 0358
1631= 0361

(esto para las del año pasado, 2018 eh!)
 

gerne

Satoshi
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6 Jul 2020
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Hola! Muchas gracias por el tutorial Crypto believer! Llevo dos días leyendo el foro y aprendiendo mucho, gracias a todos.
Yo hice operaciones en 2017 y 2018 y pensaba que no tenía que declarar. Ahora voy a hacer complementarias. Me he inscrito a Cointracking y he rellenado creo, casi todo. Para mi sorpresa en 2018 tengo ganancias en Tax Report, aunque tengo muchas más en Pérdidas no realizadas, con lo que me sale a pagar, ya voy entendiendo por todo el foro.

Pero una cosa no entiendo. En fecha de venta y fecha transmisión ¿qué se pone? tengo muchas fechas. Por lo que entiendo en valor de transmisión pongo el resultado final que me da cointracker, pero ¿las fechas?

Muchas gracias por la ayuda.
 

Crypto believer

Gigahash
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31 Ene 2018
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Hola! Muchas gracias por el tutorial Crypto believer! Llevo dos días leyendo el foro y aprendiendo mucho, gracias a todos.
Yo hice operaciones en 2017 y 2018 y pensaba que no tenía que declarar. Ahora voy a hacer complementarias. Me he inscrito a Cointracking y he rellenado creo, casi todo. Para mi sorpresa en 2018 tengo ganancias en Tax Report, aunque tengo muchas más en Pérdidas no realizadas, con lo que me sale a pagar, ya voy entendiendo por todo el foro.

Pero una cosa no entiendo. En fecha de venta y fecha transmisión ¿qué se pone? tengo muchas fechas. Por lo que entiendo en valor de transmisión pongo el resultado final que me da cointracker, pero ¿las fechas?

Muchas gracias por la ayuda.

Hola @gerne, me alegro de que te haya servido de ayuda el Tutorial.

Efectivamente, algunos años nos pueden salir ganancias inesperadas...por eso, está bien entender cómo funciona esto, para evitarlo en años posteriores materializando pérdidas antes de final de año.

Pues con lo de las fechas hay distintas formas de hacerlo como decía, se pueden meter todas las operaciones una a una si no son muchas, se puede agrupar y meter una por exchange o se puede meter una global que integre todas las operaciones y luego adjuntar el informe de Cointracking con todas las operaciones detalladas. Entiendo por lo que comentas, que es esta última la opción por la que te has decantado (yo también lo hice así). En este caso, yo lo que hice fue poner como fecha de compra, la primera de todas las compras que aparecen en el informe de Cointracking y como fecha de venta, la última de todas las ventas que aparece en dicho informe.
 

gerne

Satoshi
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6 Jul 2020
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Hola @gerne, me alegro de que te haya servido de ayuda el Tutorial.

Efectivamente, algunos años nos pueden salir ganancias inesperadas...por eso, está bien entender cómo funciona esto, para evitarlo en años posteriores materializando pérdidas antes de final de año.

Pues con lo de las fechas hay distintas formas de hacerlo como decía, se pueden meter todas las operaciones una a una si no son muchas, se puede agrupar y meter una por exchange o se puede meter una global que integre todas las operaciones y luego adjuntar el informe de Cointracking con todas las operaciones detalladas. Entiendo por lo que comentas, que es esta última la opción por la que te has decantado (yo también lo hice así). En este caso, yo lo que hice fue poner como fecha de compra, la primera de todas las compras que aparecen en el informe de Cointracking y como fecha de venta, la última de todas las ventas que aparece en dicho informe.

Ah pues muchas gracias y por responder tan rápido. Voy a hacerlo así también. Le pasaré también el listado de operaciones al asesor. Me presenta las complementarias pero de criptos no sabe nada, así que le tengo que decir qué poner en las casillas.

En 2018 me sale primera adquisición la misma fecha que 2017, pero lo pongo tal cual para que vean que es la información de que dispongo.

En cuanto a lo de materializar pérdidas antes de final de año, no tenía ni idea y ya he leído por aquí y comprendido lo importante que es! Muchas gracias!
 

gencio

dCoin
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18 Ene 2018
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Tengo una duda sobre estos articulos legislativos V1979-15 y V2603-15: pérdidas por monedas estafadas o hackeadas. No he encontrado nada relacionado en la AEAT sobre que hacer en caso de que tus activos sean robados, entiendo que hay que declarar esas perdidas peor en cualquier caso si esos activos no han sido declarados anteriormente seria una perdida de tiempo declarar unos activos que no posees y no puedes recuperar de ninguna forma.
Aunque la AEAT le conste que posees esos activos mediante alguna transferencia bancaria u otro medio de pago, no puede saber a que precio estaban cuando las robaron y no se realmente cuales serian los medios utilizados por la AEAT para que declares un robo y si realmente merece la pena declarar esos activos o no. también habría que tener en cuenta la cantidad estraviada.
 

Crypto believer

Gigahash
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Criptomonedas robadas, hackeadas o defraudas: Hacienda permite que declaremos como pérdidas estas monedas, pero con requisitos muy estrictos, ya que se pueden incluir en la declaración siempre y cuando se haya iniciado un proceso de concurso de acreedores o, en su defecto, se haya judicializado la causa y haya pasado más de un año desde el inicio de la misma. Por lo que, a efectos prácticos, o llevamos a juicio a la empresa en cuestión o no podemos declarar esas pérdidas

No se pueden meter salvo que se cumplan esas condiciones que indicaba en el Tutorial.
 

Kapistton

Satoshi
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10 Feb 2020
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(Continuación)

  • Las pérdidas que incluyamos, tenemos hasta 4 años para compensarlas. Por lo que a final de año hay que estar atentos a ver si tenemos que hacer alguna desinversión para poder aprovechar esas pérdidas y que no se nos pase el plazo de los 4 años. Pero aquí cuidado. Si las monedas con las que queremos hacer la desinversión las queremos seguir conservando después, en principio, no podríamos venderlas y recomprarlas inmediatamente, porque debe pasar 1 año para poder recomprar (norma anti-aplicación de pérdidas). El truco aquí sería si, por ejemplo, tenemos 2 ETH que queremos conservar, antes de vender nada a final de año, compraríamos otros 2 ETH y luego venderíamos acto seguido 2 ETH. De esta forma sí podríamos hacer la desinversión correctamente.
Antes de nada, gracias por este tutorial, aclara mucho.
En el punto que hablas de las pérdidas a compensar, me parece excesivo que tenga que pasar un año para recomprar y beneficiarte, desde mi ignorancia, ¿no será un mes?
 

Crypto believer

Gigahash
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Antes de nada, gracias por este tutorial, aclara mucho.
En el punto que hablas de las pérdidas a compensar, me parece excesivo que tenga que pasar un año para recomprar y beneficiarte, desde mi ignorancia, ¿no será un mes?

No, es 1 año. Es de 2 meses para acciones cotizadas en bolsa y 1 año para el resto de valores. Si buscas "norma anti-aplicación de pérdidas" te aparece.

Como siempre, para que te pillen eso me parece bastante inviable...a no ser que te hagan una inspección y lo miren todo con lupa...

Es que si no, cada vez que alguien que tuviera una moneda en pérdidas vendiera para recomprar la misma cantidad más abajo, se supone que esas pérdidas no podría meterlas hasta el año siguiente. No entiendo muy bien la verdad cómo se puede controlar eso en cientos/miles de operaciones de compras y recompras...pero bueno, la norma es lo que dice.
 
Última edición:

Kapistton

Satoshi
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No, es 1 año. Es de 2 meses para acciones cotizadas en bolsa y 1 año para el resto de valores. Si buscas "norma anti-aplicación de pérdidas" te aparece.

Como siempre, para que te pillen eso me parece bastante inviable...a no ser que te hagan una inspección y lo miren todo con lupa...

Es que si no, cada vez que alguien que tuviera una moneda en pérdidas vendiera para recomprar la misma cantidad más abajo, se supone que esas pérdidas no podría meterlas hasta el año siguiente. No entiendo muy bien la verdad cómo se puede controlar eso en cientos/miles de operaciones de compras y recompras...pero bueno, la norma es lo que dice.
Vale, todo aclarado, gracias
 

gerne

Satoshi
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6 Jul 2020
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Me surge otra duda sobre Cointracking. Como en la declaración hay que poner valor de adquisición y valor de venta, en el informe de cointracking sale una suma de "base de coste en EUR" e "Ingresos en EUR" que entiendo que es valor de compra y de venta, pero la suma es muy alta, mucho mayor del dinero real invertido. Supongo que es porque compré y vendí varias veces, y va sumando, pero claro, Hacienda puede pensar que se ha invertido mucha cantidad. ¿Os ha pasado? ¿Es así? ¿Habéis puesto estos datos como los da cointracking o habéis hecho el cálculo de otra forma?

Perdonad si es una cuestión muy básica, estoy preparando la complementaria de 2018 y no quiero llamar la atención.
 

Crypto believer

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31 Ene 2018
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Me surge otra duda sobre Cointracking. Como en la declaración hay que poner valor de adquisición y valor de venta, en el informe de cointracking sale una suma de "base de coste en EUR" e "Ingresos en EUR" que entiendo que es valor de compra y de venta, pero la suma es muy alta, mucho mayor del dinero real invertido. Supongo que es porque compré y vendí varias veces, y va sumando, pero claro, Hacienda puede pensar que se ha invertido mucha cantidad. ¿Os ha pasado? ¿Es así? ¿Habéis puesto estos datos como los da cointracking o habéis hecho el cálculo de otra forma?

Perdonad si es una cuestión muy básica, estoy preparando la complementaria de 2018 y no quiero llamar la atención.

Sí, eso es así. Puede que hayas metido solo 5.000€ inicialmente y que te salga una compra total de 50.000€ y una venta total de 49.000€ (por decir algo). Es normal si has hecho múltiples operaciones. Al final, tú has comprado por valor de 50.000€ (y no 5.000€). Lo que pasa es que la mayor parte de esas compras, proceden de ventas.

Y lo de si es mucho para Hacienda...realmente a ellos lo que le importa es la diferencia. Si aportas todos los movimientos, es obvio de dónde proceden.
 

gerne

Satoshi
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6 Jul 2020
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Muchas gracias por responder :)

He encontrado que en "Load Report" sale esa suma de todas las operaciones, pero en "Detailed Calculation" sale una cifra que se corresponde más con la realidad, sale como "suma de beneficios" y "suma de pérdidas". He preguntado en atención al cliente sobre este asunto y aún no me han contestado.
Voy a poner las cifras bajas porque, además de que voy a aportar ese documento, me preocupa que, aunque lo que les importa es la diferencia, si ven que por IRPF tengo unos ingresos y que la inversión es desproporcionada puedan investigar, aunque luego la conclusión sea que la cantidad es sumativa. Prefiero que no salten más alarmas :angelic:
 

Crypto believer

Gigahash
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31 Ene 2018
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Muchas gracias por responder :)

He encontrado que en "Load Report" sale esa suma de todas las operaciones, pero en "Detailed Calculation" sale una cifra que se corresponde más con la realidad, sale como "suma de beneficios" y "suma de pérdidas". He preguntado en atención al cliente sobre este asunto y aún no me han contestado.
Voy a poner las cifras bajas porque, además de que voy a aportar ese documento, me preocupa que, aunque lo que les importa es la diferencia, si ven que por IRPF tengo unos ingresos y que la inversión es desproporcionada puedan investigar, aunque luego la conclusión sea que la cantidad es sumativa. Prefiero que no salten más alarmas :angelic:

Pero en detailed calculation lo que te sale es la diferencia entre las compras y ventas que te salen en load report. Luego te desglosa por corto y largo plazo, pero a eso ni caso. Lo que te piden en la declaración son valores de adquisición y valores de venta y ya la declaración calcula beneficios/pérdidas. Y si los metes agrupados, te dicen que metas la suma de todas las compras y las sumas de todas las ventas. Si metes beneficios y pérdidas directamente en su lugar, cuando luego se resten las casillas, va a salir algo sin sentido...no sé, eso ya es decisión personal tuya. Y si no, pregúntale a tu asesor, eso sí que es lo mismo para cualquier inversión, no es específico de criptomonedas.
 

Crypto believer

Gigahash
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Por si alguno más rectificó declaraciones de años pasados, yo rectifiqué la de 2018 (el 29 de mayo). Hoy he recibido una notificación electrónica de la AEAT (con el consiguiente acojone cada vez que se recibe una notificación de ellos claro está...). Simplemente era para comunicarme que mi solicitud había sido aceptada en su totalidad y que la declaración quedaba rectificada.

Obviamente, esto no implica que no puedan revisar e investigar dentro del plazo de prescripción, pero bueno, por lo menos de primeras la han pasado sin más tal cual la presenté. A ver qué pasa con la de 2019 que todavía la tengo pendiente.
 

VALHAR

mCoin
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¡Pedazo tutorial, ya no tenemos excusa!

Animo a todos los que no tengan cuenta en CoinTracking a que utilicen el enlace de @Crypto believer. se lo merece después de tal recopilación de información tan valiosa. Existen servicios que cobran decenas incluso cientos de euros por hacerte una declaración de este tipo. En lo personal, seguiré atento el hilo por que vienen unos años donde seguro que este proceso variará muchas veces.

Por cierto, el tema queda fijado en el foro de Bitcoin.
Otra cosa que tengo pendiente... pero sin duda que usaré su enlace!!!!!. muchas gracias Crypto Believer!!!!!!!!!! :p
 

VALHAR

mCoin
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30 Jul 2020
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Muchas gracias por el tutorial. Tengo dudas de noob.. no sabía si escribirlas aquí porque tal vez distorsionan un poco el hilo, así que si lo considerais moverlo y disculpad las molestias.

Se tienen que declarar las adquisiciones de cryptomoneda como movimiento? o solamente cuando las intercambias a fíat o a otra moneda? creo que no se donde he leído que hacienda querrá saber la cantidad de cryptos que tenemos. Es que ahora no lo podrían saber ya?

Existe algún movimiento que haga con cryptos, que no sepa hacienda? no hablo de micropagos si no de beneficios en trading o pasar las cryptos a otra wallet o similar..
cuando yo ingreso dinero en el banco y lo paso a la app de 2gether que ahí tmb se pueden comprar btc y compro btc, esto hacienda lo sabe, no?

Qué pasaría si hago staking con una cryptomoneda en un neobanco fuera de españa y tengo ingresos y no los declaro? hacienda lo sabe? debo declararlos aunque no llegue a un patrimonio de mas de 50.000 en el extranjero?

hay que complimentar el modelo 720 para casos que superes los 50.000 de patrimonio fuera de españa pero es solamente un documento informativo, no se tiene que pagar nada no?

Me gustaría hacer trading y que me salga rentable, pero aquí no se... Si las ganancias son en btc y las guardo en una wallet fría, según lo que has escrito depende de la CCAA y el valor que sea tendrás que cumplimentar el 720 o no. pero ellos qué saben qué valor tengo yo en cryptos si hoy vale 3e y mañana 10? si tengo un patrimonio de + de 700.000e en btc el dia que presente la renta porque su valor ese dia me haga cumplir con el máximo establecido.

qué pensais sobre hacer trading con cryptos en españa??

Gracias
 

Crypto believer

Gigahash
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Muchas gracias por el tutorial. Tengo dudas de noob.. no sabía si escribirlas aquí porque tal vez distorsionan un poco el hilo, así que si lo considerais moverlo y disculpad las molestias.

Se tienen que declarar las adquisiciones de cryptomoneda como movimiento? o solamente cuando las intercambias a fíat o a otra moneda? creo que no se donde he leído que hacienda querrá saber la cantidad de cryptos que tenemos. Es que ahora no lo podrían saber ya?

Existe algún movimiento que haga con cryptos, que no sepa hacienda? no hablo de micropagos si no de beneficios en trading o pasar las cryptos a otra wallet o similar..
cuando yo ingreso dinero en el banco y lo paso a la app de 2gether que ahí tmb se pueden comprar btc y compro btc, esto hacienda lo sabe, no?

Qué pasaría si hago staking con una cryptomoneda en un neobanco fuera de españa y tengo ingresos y no los declaro? hacienda lo sabe? debo declararlos aunque no llegue a un patrimonio de mas de 50.000 en el extranjero?

hay que complimentar el modelo 720 para casos que superes los 50.000 de patrimonio fuera de españa pero es solamente un documento informativo, no se tiene que pagar nada no?

Me gustaría hacer trading y que me salga rentable, pero aquí no se... Si las ganancias son en btc y las guardo en una wallet fría, según lo que has escrito depende de la CCAA y el valor que sea tendrás que cumplimentar el 720 o no. pero ellos qué saben qué valor tengo yo en cryptos si hoy vale 3e y mañana 10? si tengo un patrimonio de + de 700.000e en btc el dia que presente la renta porque su valor ese dia me haga cumplir con el máximo establecido.

qué pensais sobre hacer trading con cryptos en españa??

Gracias

Hola @VALHAR. Te animo a que leas el Tutorial con detenimiento, pues todas las cuestiones que planteas vienen explicadas en el mismo.

En cualquier caso te contesto sobre tus dudas:


Se tienen que declarar las adquisiciones de cryptomoneda como movimiento? o solamente cuando las intercambias a fíat o a otra moneda?

Se deben declarar todas las permutas entre criptos, no solo intercambios a Fiat.


creo que no se donde he leído que hacienda querrá saber la cantidad de cryptos que tenemos. Es que ahora no lo podrían saber ya?

Hacienda no tiene ni idea de las criptos que tienes tú. Lo de la obligación de declarar las posesiones en criptos lo comenté cuando hablé del Anteproyecto de Ley contra el fraude fiscal que han presentado ya, ahí sí que nos obligarían a declarar nuestras posesiones, pero es solo un anteproyecto y no está en vigor, así que a día de hoy no existe tal obligación.


Existe algún movimiento que haga con cryptos, que no sepa hacienda?

Hacienda no conoce ningún movimiento tuyo con criptos (de momento). Lo único que pueden saber es que tu banco les pase información de que has enviado dinero a algún exchange que opera con criptos, pero ahí se queda la cosa. Con el Anteproyecto de Ley comentado anteriormente, se quiere obligar a todo exchange que preste servicios en España a informar a Hacienda de los datos y movimientos de todos sus clientes, pero a día de hoy, que sepamos, Hacienda no recibe datos de movimientos de ningún exchange. Y ya lo de los movimientos entre wallets personales eso es imposible que lo sepan.

Qué pasaría si hago staking con una cryptomoneda en un neobanco fuera de españa y tengo ingresos y no los declaro? hacienda lo sabe?

Sí, tienes que declarar el staking.


hay que complimentar el modelo 720 para casos que superes los 50.000 de patrimonio fuera de españa pero es solamente un documento informativo, no se tiene que pagar nada no?

Salvo si resides en el País Vasco, hay argumentos suficientes para no tener que presentar el 720. Parece haber consenso entre los asesores de que no es necesario presentarlo.
pero ellos qué saben qué valor tengo yo en cryptos si hoy vale 3e y mañana 10? si tengo un patrimonio de + de 700.000e en btc el dia que presente la renta porque su valor ese dia me haga cumplir con el máximo establecido.

El valor que tienes que tener en cuenta es el que tuvieras a 31 de diciembre, no el día que hagas la renta. Para algunos casos es la media del último trimestre, pero creo que para el patrimonio es a 31 de diciembre (lo comprobaré cuando me acerque a esas cantidades...jaja).
 

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