Qué pasa con Hacienda? (Declarar Impuestos sobre Bitcoin)

smoka

Hash
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Si no has declarado, lo pasas a fiat y te pilla Hacienda, no te cobra el triple. Te aplica una sanción entre el 50-150% de la cantidad defraudada más los intereses de demora. Y, dependiendo de la cantidad (creo que lo último estaba en más de 120.000€), puede constituir un delito también.

Y si declaras la compra, tampoco es el 45%, de momento, es un máximo de un 23% (va al ahorro, no a la renta).

Vale he consultado la info y efectivamente tienes razon, lo han bajado como dices el maximo es 23%, y ahora te hacen pagar el 20% aunque ganes menos de 6000€, tambien han quitado el tercer tramo....

0-6000€ 19%
6000-50000 21%
50000+ 23%


Ahora, sobre lo del 150% tambien tienes razón, si la Agencia Tributaria te abre una inspección y detecta que no has declarado la ganancia patrimonial tendrás una sanción sobre la cuota que te hubiese correspondido pagar
La sancion mínima es del 50% de la cuota, >>>>> pero se reduce a un 26% si no recurres y si pagas en plazo <<<<<<
La sanción con ocultación y perjuicio importante podría ser del 150%, por lo que por ejemplo con una ganancia anual no declarada de 6.000 euros tendrías que pagar primero el 19% de cuota (1.140 euros) y además una sanción que podría variar del 26% (296 euros) al 150% (1.710 euros)

Es decir, entre el 26 y el 150% del total no declarado

Si no pudieras demostrar que el origen de la renta ha sido declarada, la ganancia en vez de a la parte especial podría ir a la parte general pudiendo llegar hasta el 45% (de 6.000 euros la cuota podría ser 2.700 y sanción del 150% de 4.050 euros)



te contesto aqui @Crypto believer para no spamear el otro topic, esto de la ley hay que estar muy puesto porque yo conocía los tramos de años anteriores y las sanciones pero ha cambiado todo en poco tiempo....

por cierto, cito un texto de un asesor fiscal que vi hace unos dias por los canales de telegram a modo anecdota:
Os voy a comentar un tema para que sepáis el pitote que tienen montado en Hacienda con las criptomonedas. Hoy, una compañera del Colegio de Economistas de Valencia, que coordina la Comisión de Fiscal, ha llamado al delegado de la AEAT de una de las administraciones que existen en la provincia (casualmente al que yo pertenezco) cómo debían tributarse unas pérdidas patrimoniales por criptomonedas. El delegado le ha dicho que no tenía ni idea...
 

Crypto believer

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Vale he consultado la info y efectivamente tienes razon, lo han bajado como dices el maximo es 23%, y ahora te hacen pagar el 20% aunque ganes menos de 6000€, tambien han quitado el tercer tramo....

0-6000€ 19%
6000-50000 21%
50000+ 23%


Ahora, sobre lo del 150% tambien tienes razón, si la Agencia Tributaria te abre una inspección y detecta que no has declarado la ganancia patrimonial tendrás una sanción sobre la cuota que te hubiese correspondido pagar
La sancion mínima es del 50% de la cuota, >>>>> pero se reduce a un 26% si no recurres y si pagas en plazo <<<<<<
La sanción con ocultación y perjuicio importante podría ser del 150%, por lo que por ejemplo con una ganancia anual no declarada de 6.000 euros tendrías que pagar primero el 19% de cuota (1.140 euros) y además una sanción que podría variar del 26% (296 euros) al 150% (1.710 euros)

Es decir, entre el 26 y el 150% del total no declarado

Si no pudieras demostrar que el origen de la renta ha sido declarada, la ganancia en vez de a la parte especial podría ir a la parte general pudiendo llegar hasta el 45% (de 6.000 euros la cuota podría ser 2.700 y sanción del 150% de 4.050 euros)



te contesto aqui @Crypto believer para no spamear el otro topic, esto de la ley hay que estar muy puesto porque yo conocía los tramos de años anteriores y las sanciones pero ha cambiado todo en poco tiempo....

por cierto, cito un texto de un asesor fiscal que vi hace unos dias por los canales de telegram a modo anecdota:
Os voy a comentar un tema para que sepáis el pitote que tienen montado en Hacienda con las criptomonedas. Hoy, una compañera del Colegio de Economistas de Valencia, que coordina la Comisión de Fiscal, ha llamado al delegado de la AEAT de una de las administraciones que existen en la provincia (casualmente al que yo pertenezco) cómo debían tributarse unas pérdidas patrimoniales por criptomonedas. El delegado le ha dicho que no tenía ni idea...

Así es, yo conozco a gente de Hacienda y he hablado con otros a los que he preguntado en otros años y la respuesta es siempre la misma...cripto...qué?? Y más en las delegaciones provinciales. Pero es cierto que ya están empezando a preparar a gente para esto de cara al futuro, pero de momento son cuatro gatos los que pueden saber algo e imagino que estarán en Madrid.

En cualquier caso, me parece penoso que los propios trabajadores de Hacienda desconozcan casi en su totalidad el tema de las criptos, qué menos que leerse las consultas vinculantes que su propio organismo ha emitido....
 

hatch

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En el canal de Telegram de criptolegal España han colgado este documento Europa demanda a España ante el tribunal de Luxemburgo por si es de interés es de hacé unos días.
 

hatch

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Impuestos y tributación de BTC y criptomonedas. Otro post Interesante para no pillarse los dedos.
 
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Impuestos y tributación de BTC y criptomonedas. Otro post Interesante para no pillarse los dedos.

Lo mismo solo soy yo, pero me parece una locura que haya que declarar las conversiones de monedas. Entiendo el motivo, pero es que hay gente que puede estar haciendo cambios diarios y declarar eso tiene que ser terrible. Cada vez tengo más dudas de si seguir en esto precisamente por hacienda. Veremos qué pasa.
 

hatch

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Lo mismo solo soy yo, pero me parece una locura que haya que declarar las conversiones de monedas. Entiendo el motivo, pero es que hay gente que puede estar haciendo cambios diarios y declarar eso tiene que ser terrible. Cada vez tengo más dudas de si seguir en esto precisamente por hacienda. Veremos qué pasa.
No, no eres tú, pero es una locura todo eso y quieren acaparar lo máximo posible me gustaría creer que con el tiempo muchos eso se irá normalizando.
 
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No, no eres tú, pero es una locura todo eso y quieren acaparar lo máximo posible me gustaría creer que con el tiempo muchos eso se irá normalizando.
Ya, el tema es que esto a mi´me da miedo. Me gusta el mundo cripto, me está gustando mucho aprender sobre trading y me gustaría tener un valor guardado en forma de criptomonedas, pero cuando te encuentras varias personas diciendo cosas distintas te entra un poco de desconfianza sobre si seguir o no. Mira que me he leído la guía que se hizo en el foro cientos de veces, pero siempre tengo dudas de si Hacienda acabará encontrando algo por lo que meterme un señor palo.
 

dhormigo

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En este artículo se habla de una carta enviada a la IRS donde solicitan que los ingresos por PoS, es decir, staking proof-of-stake no deberían declararse sino hasta que se haga el cambio/venta.

 

Crypto believer

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En este artículo se habla de una carta enviada a la IRS donde solicitan que los ingresos por PoS, es decir, staking proof-of-stake no deberían declararse sino hasta que se haga el cambio/venta.


Sería lo lógico...lo otro es adelantar el pago de impuestos de algo tan volátil que puede que llegue a valer cero y hayas tenido que pagar por algo que no has vendido...

Creo que alguna vez lo comentamos y lo que decía algún asesor era que una segunda opción con el staking era no declararlo y declararlo luego en el momento de la venta con valor de adquisición cero, que básicamente es lo que están pidiendo en esa noticia.
 

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Supuestamente se debería de indicar la cantidad de criptomonedas que poseemos en la red al igual que todas las operaciones que se realicen no?
Quieren tenerlo todo mas que controlado ...
 

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Osminer.

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Deberían contemplar solo cuando retiras a tu cuenta, precio compra y venta y tributar como se debe, no pedir operaciones virtuales en algo que es digital, en fin, yo cuando esto este como enero 18 y venda, iré a Hacienda a tributario y pagar como tiene que ser, mientras ni caso...
 

dhormigo

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Deberían contemplar solo cuando retiras a tu cuenta, precio compra y venta y tributar como se debe, no pedir operaciones virtuales en algo que es digital, en fin, yo cuando esto este como enero 18 y venda, iré a Hacienda a tributario y pagar como tiene que ser, mientras ni caso...
Se de casos que han ido a Haciendo a preguntar sobre Bitcoin y les han dicho ¿Bit-qué?

El trabajador le pregunta a otro trabajador y tampoco tiene ni idea, esto también aplica a gestores.

Quieren pasta, pero no tienen nada claro...
 

xinitono

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Hace un mes le pregunté al gestor que me llevaba todos los papeleos de autonomo y eso y la verdad que dicen que eso mucha idea no tienen en hacienda, que ya ha tenido él varios casos de clientes y que siempre los han metido como ganancias patrimoniales como ya se dijo aquí y listo.

El año que viene veremos que me dice y como debo tributar las ganacias de todo este año...
 

Osminer.

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Hace un mes le pregunté al gestor que me llevaba todos los papeleos de autonomo y eso y la verdad que dicen que eso mucha idea no tienen en hacienda, que ya ha tenido él varios casos de clientes y que siempre los han metido como ganancias patrimoniales como ya se dijo aquí y listo.

El año que viene veremos que me dice y como debo tributar las ganacias de todo este año...
A mí, mi asesor después de 7 u 8 años hablándole de cripyos y diciéndole que se ponga al día si quiere tener clientes en este mundo, ya por fin el año pasado en la última declaración y después de que no soy su único cliente que tiene de esto, y después de decirle que Hacienda me mandó una carta diciendo que habían visto movimientos y tenía que tributar, me dijo que si no tenía ganancias lo tenía que hacer caso a esa carta de momento, puesto que esto se tributaba como ganancias igual que bolsa, si iba por debajo que pijos Hiba a declarar ganancias ... Me quedé más tranquilo... Lo dicho, cuando tenga ganancias y retire al banco, iré el primero a Hacienda a declarar lo ganado entre compra y venta... :blackeye::):)
 

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A mí, mi asesor después de 7 u 8 años hablándole de cripyos y diciéndole que se ponga al día si quiere tener clientes en este mundo, ya por fin el año pasado en la última declaración y después de que no soy su único cliente que tiene de esto, y después de decirle que Hacienda me mandó una carta diciendo que habían visto movimientos y tenía que tributar, me dijo que si no tenía ganancias lo tenía que hacer caso a esa carta de momento, puesto que esto se tributaba como ganancias igual que bolsa, si iba por debajo que pijos Hiba a declarar ganancias ... Me quedé más tranquilo... Lo dicho, cuando tenga ganancias y retire al banco, iré el primero a Hacienda a declarar lo ganado entre compra y venta... :blackeye::):)

¿Y tu asesor no sabe que también hay que declarar las pérdidas en bolsa? Ya no solo porque Hacienda te obligue a ello, sino por ti también...si luego quieres pagar más...allá tú...yo de ti me iba buscando otro asesor...

Ahh y puedes declararlo desde tu casa eh? No hace falta ir a Hacienda! Jaja
 

dhormigo

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Mensaje de @jabravo (Twitter o Telegram)

Ya está publicado el proyecto de ley antifraude. Dice lo mismo que el anteproyecto con respecto a las obligaciones relativas a criptomonedas, que os voy a intentar resumir para que tanto los que sabíais del anteproyecto como los que no sabíais de su existencia lo tengáis claro:

1) Exchanges y empresas de custodia de criptomonedas situadas en España, incluso mediante establecimiento permanente: informarán acerca de las criptomonedas que custodien, de acuerdo con lo que se establezca reglamentariamente, y deberán comunicar saldos tanto en criptomonedas como en euros, así como la identificación de sus titulares, autorizados o beneficiarios.

2) También deberán comunicar las operaciones de adquisición, transmisión, permuta y transferencia realizadas con criptomonedas, así como los cobros y pagos realizados en dichas monedas, en las que intervengan o medien, presentando relación nominal de intervinientes indicando domicilio y NIF, clase y número de criptomonedas, así como precio y fecha de la operación. (Se desconoce si habrá una cifra a partir de la cual habrá de declarar o será desde el primer céntimo).

3) Residentes en España que realicen ofertas iniciales de criptomonedas (ICOs y similares): deberán informar en los términos del punto anterior de los que adquieran las nuevas criptomonedas a cambio de otras criptomonedas o de dinero de curso legal.

4) Contribuyentes personas físicas: deberán informar acerca de las criptomonedas de las que sean titulares, beneficiarios o autorizados que estén custodiadas por exchanges y custodios con residencia fiscal en el extranjero (Habrá que esperar al desarrollo reglamentario para ver el límite a partir del cual se debería declarar el saldo, y en que momento del ejercicio se toma este saldo).
 

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