Tutorial Declaración de la Renta Criptomonedas (España)

Crypto believer

Gigahash
Hodler
Veterano
Desde
31 Ene 2018
Mensajes
1,617
Puntuación
3,802
Buenas compañero. Gracias por responder. Acabo de llegar de la cita y la muchacha que me ha atendido se ha quedado a cuadros. No tenía ni **** idea de criptomonedas. Ha llamado al jefe y se ha presentado allí. Tampoco tenía ni **** idea y me lo ha dicho más o menos claro. Es el primer caso de criptomonedas que les llega (una ciudad de 100.000 habitantes) y no han sabido responderme nada. Es más, les he preguntado que, aunque nunca he cobrado ni un duro en euros, he leido que las permutas tributan y me han dicho que no, que si no he obtenido un beneficio no tengo que declarar nada. "Es como las acciones, si cambias una acción por otra no tributas". Yo ya totalmente desconcertado hasta les he pedido si podían darme eso por escrito.

En fin, tiene cojones que ni siquiera los que me quieren sacar el dinero sepan decirme qué, cuánto y cómo tengo que pagarles. Me parece un poco humillante.

Es acojonante el total desconocimiento que tienen de su trabajo los de Hacienda...lo del ejemplo de las acciones es ya de traca... Tenías que haberte llevado impresa la consulta vinculante que sacó Hacienda al respecto y preguntarles que si ellos trabajaban para los mismos o no...

Pero es lo de siempre. En Madrid empieza a haber alguno que ha recibido ya cierta formación y que van conociendo el tema criptos lentamente...pocos, muy pocos, y no son los que atienden a la gente, pero alguno hay... Pero en las delegaciones provinciales... es como hablarles en arameo... El problema es que ellos están tranquilos porque da igual lo que digan (por escrito no te lo van a dar lógicamente) y te digan lo que te digan la obligación de conocer la normativa vigente es del declarante (paradójicamente ellos no están obligados a sabérsela, pero a ti sí que te obligan...).

Intenta hacer lo que te decía @Delado, yo lo hice para rescatar algún exchange perdido...

Pero, en cualquier caso, tampoco te ralles mucho. Como siempre digo, aquí lo importante sobre todo es cuadrarlo todo bien en números gordos, por si el día de mañana sacas cantidades importantes a euros, que las cifras gordas cuadren más o menos. Hacienda no se va a meter nunca en el menudeo, por muchas razones (no saben, no tienen recursos suficientes, la información de los exchanges no es oficial y no ha habido (hasta ahora) comunicación con ellos para poder hacer ninguna comprobación, etc, etc.). Vamos, que en ese sentido están vendidos y no van a entrar a investigar a nadie, salvo que se trate ya de retiros en euros importantes y no cuadre para nada con lo que has ido declarando en años anteriores.
 

joanua88

mCoin
Desde
9 Feb 2021
Mensajes
25
Puntuación
6
El tema de la casilla habría algún problema entonces con la 1631 y siguientes? un compañero ha ido a un gestor y lo ha metido en la casilla 389 y otros en casillas 433 . Vaya preocupación siempre con este tema, yo lo presente con la 1631 y siguientes.
 

Crypto believer

Gigahash
Hodler
Veterano
Desde
31 Ene 2018
Mensajes
1,617
Puntuación
3,802
El tema de la casilla habría algún problema entonces con la 1631 y siguientes? un compañero ha ido a un gestor y lo ha metido en la casilla 389 y otros en casillas 433 . Vaya preocupación siempre con este tema, yo lo presente con la 1631 y siguientes.

No hay ningún problema, es donde hay que meterlo... Cuando habláis de otros números de casillas, id a la declaración y leed lo que pone en ellas, porque muchas no tienen nada que ver, ni parecido... Por eso siempre digo que lo importante es quedarnos con los conceptos, los números de casillas pueden cambiar de un año a otro y liarnos, pero el concepto de dónde hay que declarar las permutas, está muy claro y son las casillas 1631 y sig en la declaración de 2020...
 

dhormigo

Blockchain
Administrador
Hodler
Veterano
Desde
14 Jul 2017
Mensajes
13,189
Puntuación
17,808
. Yo ya totalmente desconcertado hasta les he pedido si podían darme eso por escrito.
Entiendo que no, pero por preguntar...

¿Te lo dieron por escrito finalmente?
 

orcothunder

Satoshi
Desde
21 Jun 2021
Mensajes
12
Puntuación
10
En principio ya he ajustado bien la 2020.
Si en el futuro descubriera que se me ha pasado algún airdrop churro coin, o cualquier gilipollez del estilo euro arriba o abajo...supongo que una complementaria para tal gilipollez no merece la pena. Pero a ver que me decís.
 

mirto

Pentahash
Hodler
Veterano
Desde
21 Ene 2018
Mensajes
4,539
Puntuación
10,438
Pero a ver que me decís
Yo hice el trabajo duro hace un año. Logre ajustarlo casi todo y no lo he vuelto a actualizar hasta hace 3 días, pagando las cuotas, claro
Y no me he rallado nada. He colocado/actualizado los apis, he colocado las wallests ETH y no he tocado nada. Lo que ha salido, lo he presentado. No le doy mas vueltas
.
 
Última edición:

X_X0

Satoshi
Desde
20 Jun 2021
Mensajes
5
Puntuación
7
Una pregunta, no sé si se habrá preguntado ya pero estoy ya para presentar la declaración y se me aparece un problema. Para pagar me pone que necesito un número NRC además de un certificado electrónico o clave PIN. Qué lío es este? Yo pensaba que con dar tu cuenta te lo quitaban automáticamente.
 

orcothunder

Satoshi
Desde
21 Jun 2021
Mensajes
12
Puntuación
10
@Crypto believer , no he visto esto en el OP y quizás sería interesante añadirlo:

Declarar cashback de tarjetas Cripto​


Otras de las casuísticas cada vez más comunes es la del Cashback. En este caso, por realizar uso de una tarjeta de criptomonedas, éstas te devuelven un porcentaje del capital gastado para incentivar su uso. En este caso, estas devoluciones son abonadas en la criptodivisa correspondiente, por lo que tocará apuntar el valor de la misma en el momento de la recepción. Van a rendimientos del capital mobiliario a integrar en la base imponible del ahorro y reciben un tratamiento similar al de un staking.

Fuente: Cómo declarar las Criptomonedas en la Renta - Sin Miedo a Invertir
 

dhormigo

Blockchain
Administrador
Hodler
Veterano
Desde
14 Jul 2017
Mensajes
13,189
Puntuación
17,808
Tic-tac-tic-tac

Espero que todos hayáis hecho los deberes

¿Cerramos el hilo @Crypto believer? hahaha

Mucha suerte y éxitos
 

Crypto believer

Gigahash
Hodler
Veterano
Desde
31 Ene 2018
Mensajes
1,617
Puntuación
3,802
Tic-tac-tic-tac

Espero que todos hayáis hecho los deberes

¿Cerramos el hilo @Crypto believer? hahaha

Mucha suerte y éxitos

Déjalo abierto, que luego hay por ahí algunos malos estudiantes como @ambys que no vuelven a tocarlo durante un año y después quieren colgarse todos los años...por lo menos que les sirva de recordatorio de lo que les espera...
 

Delado

Coin
Desde
11 Abr 2018
Mensajes
215
Puntuación
253
Yo creo que, como dijo @Crypto believer , una vez pasado el trabajo de poner todo al dia, ahora ir metiendo cada operacion que vayamos realizando y asi tenerlo todo al dia. Cuando llegue la declaracion del año que viene, nos ahorramos rompernos la cabeza, solo sacar informe y via.
 

bitter

Hash
Desde
2 Jun 2020
Mensajes
302
Puntuación
450
Totalmente en concordancia con la opinión de mantenerlo todo al día.
Yo sumo los Stackings/pools/launchpad como " único " ingreso al finalizar los mismos.
Hasta tal punto que como ya hago muy pocas operaciones y aunque tengo la de pago (Expert Small ) he desactivado la actualización automática para introducir manualmente , al menos Binance, que es quien mas da por ..... eso.
Creo que ya es por el placer de verlo una vez por semana y darte el gustazo de ver que el próximo año, en 5 minutos tendrás todo listo para nuestros amigos de hacienda.
 

Gazkhull

Satoshi
Desde
27 Jul 2021
Mensajes
1
Puntuación
0
Muchísimas gracias por el post que me ha quitado el miedo a hacer mi declaración por mi cuenta. Lo que si tengo dudas y no sé si alguno sabe de esto es hasta donde puede llegar Hacienda. Es decir, mi intención es declarar todo como una gran operación y adjuntar el fichero de Cointracking para ver el reporte pormenorizado de las operaciones.
El tema está en que no sé que hacer con los SLPs (del juego axie) ya que hay quien considera que es minado y yo creo que también podría considerarse como staking?
En caso que hacienda solo pudiera pedir acceso a los logs de los exchanges (que ya estoy aportando yo), entiendo que no debería haber problema declarándolo como staking. En caso que hacienda me pudiera pedir acceso a info de Swaps (que no sé ni siquiera si se pueden sacar), supongo que ahí sería entrar en una discusión acerca de la naturaleza de la obtención de los tokens.

Perdonad la turra pero estoy super perdido xD

De nuevo mil gracias por el post, que me ha solucionado muchísimas dudas!
 

francoix

Satoshi
Desde
21 Jul 2021
Mensajes
2
Puntuación
8
Muy buenas.
Respecto a Hacienda, los servicios de información son "básicos" limitándose a informar de aspectos contemplados en la ley o de situaciones similares recogidas en consultas vinculantes.
De ahí que, antes de acudir a los servicios de información tributaria básica (así es como se denominan), se recomiendo plantear la consulta vinculante.
Ahora bien, lo que queráis preguntar hacedlo ya, porque entre los plazos de respuestas como el momento en el que se tiene que plantear la consulta se os echa encima la renta 2021.
Por otra parte, aún no me he pasado por algún post de "definiciones y significados" de términos relacionados con las cryptos, pero si algo voy pillando el staking es algo como un regalo/premio (corregidme si me equivoco). En tal caso, lo consideraría como una ganancia patrimonial que no deriva de la transmisión de elementos patrimoniales. Eso significa que va a la base general.
En el caso de considerarlo minado, tendrías el problema de la posible consideración de estar realizando una actividad económica. De cara hacienda la tributación sería similar (salvo por la obligación trimestral de los pagos fraccionados). El problema podrías encontrarlo con la seguridad social, ya que de existir habitualidad podría obligar a estar de alta en el régimen de autónomos.
Resumiendo:
Regalos/premios a la base de general.
La posterior venta/cambio de esos premios o de otras monedas que hayamos comprado, ganancia/perdida patrimonial (base del ahorro).
Intereses que se obtengan por tener esas monedas en algún lado, pues rendimiento de capital mobiliario (base del ahorro).
 

Carlitos

Megahash
Hodler
Veterano
Desde
27 Nov 2020
Mensajes
1,468
Puntuación
1,680
¡Enhorabuena por esta publicación @Crypto believer! No he leído todas laa páginas de este hilo porque son muchas publicaciones las que hay, si no me dejaria mi salud visual en el móvil :)

Me surgió una duda que no sé si se ha comentado alguna vez en este hilo o lo mismo en todo el foro (perdón si lo estuviera). Hablando hace unos días con uno en mi lugar de trabajo me dice: "Yo para evitar Hacienda lo tengo claro, me hago con una tarjeta bancaria de un país "pirata" que es fácil donde metería mis ganancias de las cripto, y a comprar libremente con ella en España".

No soy experto en esta astucia pero creo que este informante hablaba por algún rumor que le llegó y que por supuesto no tenía ni idea de cómo hacer lo que decía.

No soy partidario de hacer esto, básicamente porque es complicarse la vida:
- calentarte la cabeza en conseguirlo,
- tener tus fondos en un Cía de un país "pirata",
- que la Ley de Fraude Fiscal te pille por operar tu tarjeta en España.
...

Yo esto lo entendería si yo fuera de Bahamas o de Panamá, etc y vengo a España con mi tarjetita, pero siendo español o europeo no lo veo nada claro.

PD. No lo digo por ti, pero creo que en este hilo hay al menos un funcionario de Hacienda :p
 
Última edición:

cryptoholder

Satoshi
Desde
2 Sep 2021
Mensajes
2
Puntuación
6
Buenos días,

Pensando ya en declaraciones futuras, y que seguramente unos cuántos de por aquí también se verán afectados, los tokens que iremos recibiendo por ejemplo en las parachains de Kusama, entendéis que se declararán cómo airdrops o tendrán otro tipo de consideración?

En relación a esto, y gracias al consejo de muchos de por aquí, participé en las subastas de Karura y Moonriver, pero en mi caso aún no he hecho ningún tipo de acción para obtener la recompensa del 30% que dan al inicio. A partir de aquí me surgen algunas dudas:
  • El precio inicial de cuándo lo recibimos seria 0 al empezar a cotizar las monedas justo cuándo se produjo la primera distribución o según lo vayamos recibiendo? (Pensando sobretodo en cuando haya que incluirlo en Cointracking).
  • Si se tratara de un airdrop, en caso que se suponga que el valor del día de su distribución inicial no sea 0, y por lo tanto se produce la obligación de pagar impuestos nada más recibirlo, veríais factible reclamar estos tokens a partir del 1 de enero de 2022 para tributarlos en la declaración de la renta de 2023 o se supone que aún no reclamándolos ya son nuestros y por tanto computan a este año?
Gracias! A ver si alguien lo puede aclarar, que supongo que con el impulso de las parachains seremos unos cuantos los afectados.
 

Crypto believer

Gigahash
Hodler
Veterano
Desde
31 Ene 2018
Mensajes
1,617
Puntuación
3,802
Buenos días,

Pensando ya en declaraciones futuras, y que seguramente unos cuántos de por aquí también se verán afectados, los tokens que iremos recibiendo por ejemplo en las parachains de Kusama, entendéis que se declararán cómo airdrops o tendrán otro tipo de consideración?

En relación a esto, y gracias al consejo de muchos de por aquí, participé en las subastas de Karura y Moonriver, pero en mi caso aún no he hecho ningún tipo de acción para obtener la recompensa del 30% que dan al inicio. A partir de aquí me surgen algunas dudas:
  • El precio inicial de cuándo lo recibimos seria 0 al empezar a cotizar las monedas justo cuándo se produjo la primera distribución o según lo vayamos recibiendo? (Pensando sobretodo en cuando haya que incluirlo en Cointracking).
  • Si se tratara de un airdrop, en caso que se suponga que el valor del día de su distribución inicial no sea 0, y por lo tanto se produce la obligación de pagar impuestos nada más recibirlo, veríais factible reclamar estos tokens a partir del 1 de enero de 2022 para tributarlos en la declaración de la renta de 2023 o se supone que aún no reclamándolos ya son nuestros y por tanto computan a este año?
Gracias! A ver si alguien lo puede aclarar, que supongo que con el impulso de las parachains seremos unos cuantos los afectados.
Pues es un tema interesante éste. De momento, no he visto la opinión de ninguno de los asesores expertos en criptos al respecto (tampoco es que haya indagado mucho la verdad), pero, en cualquier caso, es que va a ser un tema de interpretación personal. La legislación de Hacienda está clara para las cosas básicas de criptos (operaciones, staking, airdrops, etc.), pero para muchos de los temas que van saliendo en el mundo cripto, pues obviamente no y hay que estar ahí intentando asimilarlos a alguna de las figuras existentes, aunque a veces, no esté tan claro si debiera ir a uno u otro concepto. Yo lo que pienso es, que al final, lo importante es que lo que se haga, se haga de una forma lógica y razonable, para que si llega el caso, más allá de que Hacienda pudiera considerar que habría que haberlo hecho de otra manera, vean que se ha actuado de buena fe y de una manera totalmente defendible y lógica. Ellos no tienen ni pajotera idea de todo esto y si están a años luz de las criptos, ya ni te cuento de las parachains de Kusama... así que al final, como digo, lo importante para mí es siempre que los números gordos cuadren y que el camino hasta ellos sea totalmente lógico y justificable, ya se haga de una manera u de otra.

Entrando en concreto al tema de las parachains, el tema aquí es que tú no tienes que reclamar nada, al menos en el caso de Karura y Moonriver, ellos te ingresan directamente los tokens en tu wallet, así que tú tienes posesión de ellos de ese mismo momento y sería el día que tienes que declarar, al menos, para los que te dan desbloqueados. Con los bloqueados, en mi opinión, lo suyo sería meterlo cuando te los desbloquearan, porque hasta entonces, no los tienes plenamente en tu posesión, pero lógicamente esto conlleva un gran esfuerzo a la hora de declararlo, porque no vas a estar metiendo ahí una operación cada vez que te desbloqueen los tokens, porque en el caso de Moonriver por ejemplo, se van desbloqueando de forma continua con cada bloque. Así que yo a veces obvio todo esto y pongo que me los dieron todos al principio, aunque a final de año cuando me toque declarar ya veré si me compensa hacer eso o si se me está yendo mucha pasta por ahí y tengo que hacer algún apaño...
Sería algo similar a lo que sucede con cualquier staking. Yo lo que hago en esos casos es calcular así un poco a ojímetro el precio medio de la moneda en cuestión durante ese año y elijo una fecha del staking en el que precio coincida más o menos con ese precio medio para que CT me meta directamente ese precio. Otros lo meten por trimestres y hacen medias trimestrales, etc. Aquí ya es a voluntad de cada uno, ya que no hay una opción que sea la "buena" y "oficial".

El tema ahora está en si va a airdrop o a staking... yo lo veo como un híbrido entre ambos, porque no te los dan gratis por la cara (tienes que bloquear unos activos para ello), y tampoco te dan un token por bloquear ese mismo token durante un periodo de tiempo determinado, sino que la recompensa es en otro token. Yo creo que cualquiera de las dos opciones podrían ser defendibles llegado el caso y que es cuestión de cada uno el elegir.

Las formas de introducirlo en CT serían, si lo metemos como un staking, pues meterlo todo como un pelotazo el día que te lo dieron, ir metiéndolos conforme te los vayan desbloqueando o través del precio medio por periodos como comentaba. CT te cogerá el precio que corresponda ya a esa fecha (si era cero, pues cero).

Si lo metemos como airdrop, pues básicamente lo mismo, teniendo en cuenta que éstos irían a la renta y no al ahorro, por lo que dependiendo de los ingresos de renta ya de cada uno, podrías a llegar a pagar más impuestos por ellos.

Y una tercera forma de introducirlo y no adelantar impuestos, sería meterlo como una operación de compra de esos tokens por 0€, que también algunos asesores dicen que sería perfectamente defendible ante Hacienda (aunque no fuera la más "ideal" de todas) y es la que te permite no adelantar impuestos y pagar por el total solamente cuando vendas.

Al final, yo creo que esas son las opciones que hay y que ya cada uno debe elegir la que mejor le encaje. Yo estoy poniendo algunas en concreto, pero a final de año cuando haga revisión de todo el año, veré si modifico algo o no según lo que me interese, ya que cualquier opción pienso que sería defendible.

A ver si Seico o algunos de éstos se pronuncia al respecto. Si alguien encuentra algo, por favor, que nos lo cuelgue por aquí y así tenemos alguna opinión de algún profesional experto en el tema.
 

Crea una cuenta o accede para comentar

Debes estar registrado para poder comentar

Crear cuenta

Crea una cuenta en Foro Coin

Iniciar sesión

¿Ya tienes una cuenta? Inicia sesión

Arriba